domingo, junio 08, 2014

ABDICAR (Y OTRAS FORMAS DE RENUNCIA)

            Los españoles, me lo señala Zalabardo, somos poco dados a renunciar a un puesto o dignidad. Prueba: la reciente abdicación de Juan Carlos i. Nuestra Constitución ya se va acercando a la cuarentena, es decir, que podemos considerarla talludita, madurita o mayorcita, según queramos. En su artículo 57.5 dice: Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurran en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica. Pues bien, después de casi cuarenta años, esa ley no existe, como tampoco a nadie se le ha ocurrido legislar sobre el proceso de sucesión, proclamación del nuevo rey y estatus del rey que abdica. Y ahora, de prisa y corriendo, de mala manera, como hacemos tantas otras cosas, por ese prurito de falso respeto a personas e instituciones, hay que solucionar cómo se arregla la sucesión de Juan Carlos i y la proclamación de Felipe vi.
            En fin, que el rey Juan Carlos i de España ha abdicado. Tendremos, pues, que acostumbrarnos desde ahora, si se cumplen las previsiones sucesorias (¿recordáis el sentido eufemístico que tenía esta frase en tiempos de Franco?), a oír hablar del rey Felipe vi. A muchos habrá que recordarles que el Felipe anterior, el v, fue Felipe de Anjou, el primer Borbón que reinó en España.
            Pero no quiero hoy hablar de historia, ni de política, sino de verbos que, con variados matices significan ‘finalización en el desempeño de un cargo’ y que no siempre se emplean correctamente, a veces por desconocimiento, a veces por malicia.
            Vayamos por partes. El verbo más natural para indicar la finalización de una función o ministerio es, sin duda, cesar, que significa, entre otras cosas, ‘dejar de desempeñar un empleo o cargo’. Pero la cuestión es que hay diferentes formas de dejar un cargo: por propia voluntad, por acabamiento natural del mandato, porque a uno lo echan… Aparte de otros matices en los que no entro.
            Empecemos por el verbo que más empleamos estos días, el que se ha convertido en tema del momento en nuestro país y cuestión de Estado: abdicar. Este verbo, según la definición que me parece más ajustada, la del Diccionario de uso del español, de María Moliner, significa ‘renunciar a una alta dignidad o empleo; particularmente a la dignidad de soberano’. Pero si consultamos el Diccionario Histórico de la Lengua Española (1933-1936), vemos que significa: 1. ‘Ceder o renunciar a la soberanía de un pueblo’; 2. ‘Ceder o renunciar a otras dignidades o empleos’; 3. ‘Ceder o renunciar derechos, ventajas, opiniones, etc.’; 4. ‘Quitar o privar a uno de un estado favorable’. Si consultamos la versión de 1960-1996, nos encontramos con que se añade un quinto significado: ‘desistir de una empresa o intento’. Con todo, el uso más común es el primero. Esto quiere decir que, cuando se habla de abdicar,  suele pensarse en un rey. Para otras dignidades, solemos utilizar renunciar.
            ¿Por qué, podría preguntar alguien, un papa, tenemos el ejemplo cercano de Benedicto xvi, no abdica? Simplemente porque el Código de Derecho Canónico ya recoge la renuncia (renuntiatio pontificalis) en su canon 332§2: Si el Romano Pontífice renunciase a su oficio, se requerirá que la renuncia sea libre y se manifieste formalmente. Ningún papa ha abdicado; y son pocos los que han renunciado.
            Tenemos, pues, abdicar y renunciar. ¿Qué es entonces una dimisión? Dimitir es ‘dejar un cargo público, empleo o comisión para el que ha sido uno nombrado o elegido’. Por lo tanto, se entiende que dimita (lo cual es mucho decir) un gobierno, un ministro o un jefe de oficina. Es, como los anteriores, un acto voluntario, un modo de renunciar. El presidente de una república, máxima autoridad de un estado, pero que se diferencia de un rey en que ha obtenido su cargo por elección, podría abdicar, aunque comúnmente se dice que dimite o que renuncia, como en el caso del papa.
            Muy diferente es la destitución. Frente a los verbos anteriores, destituir supone ‘apartar o separar del servicio a una autoridad por parte de quien ha nombrado a la persona que lo desempeña’. Se destituye al incompetente, al desleal, a quien ha perdido la confianza de la persona que lo nombró. Verbos equivalentes son deponer o echar, que tiene, este último, un valor denigratorio.
            ¿Y cesar, tan de moda? Ya decía al principio que, en cierto modo, recoge a todos, con reservas. Pero tan de moda se ha puesto que, poco a poco va ganando terreno al anterior. Con propiedad, cesar es ‘dejar de desempeñar el cargo o empleo porque se ha llegado al fin del plazo para el que uno fue nombrado o elegido’. La diferencia de construcción nos lo aclara: destituir es transitivo (se destituye a alguien), mientras que cesar es intransitivo (alguien cesa). Sin embargo, es demasiado frecuente leer en nuestro días frases del tipo El presidente cesa al entrenador por los malos resultados, o algo por el estilo. En realidad, nadie ha cesado a nadie, lo ha destituido. La destitución no depende de quien ocupa el cargo, sino de quien nombró al que lo desempeña. El cese es natural, por agotamiento del plazo. La abdicación, renuncia o dimisión son actos de libre voluntad.
            Decía antes que, a veces, las confusiones obedecen más a malicia que a ignorancia. Pensaba en un verbo que no es exactamente de la familia de los anteriores. Hace días, leía en un periódico: Juan Carlos i claudica. Eso es tener mala baba o ser muy ignorante, pues claudicar se diferencia de los anteriores verbos en que significa ‘renunciar a un puesto o cargo cediendo a presiones’, lo que lo equipara a rendirse ante alguien. Salvo que Zalabardo y yo estemos en las nubes, con los años nunca se sabe, Juan Carlos i no ha cedido la corona por presiones, sino por convencimiento de que era prudente hacerlo.
            Y, ahora, una adenda sobre nuestra mojigatería política. Llevamos tiempo sin querer tocar la Constitución porque pensamos que eso es tentar al diablo. La verdad es que no le vendría mal una puesta al día, una modernización que resolvería no pocas cuestiones. Por ejemplo: hace falta una nueva redacción en lo referente a los herederos de la corona. Eso de ‘preferir el varón a la mujer’ chirría. Por ejemplo: habría que replantear el modelo de país que queremos (no creo que se pueda solicitar un referendo sobre monarquía o república sin modificar antes la Constitución). Por ejemplo: ¿queremos un sistema autonómico o federal?; (a lo mejor nos hubiésemos evitado el ‘problema catalán’).
            ¿Por qué no aprovechamos la ocasión y arreglamos todo lo que hay que arreglar? Nunca es tarde si la dicha es buena. Y, contra lo que algunos piensan, todo es mejorable, incluso las leyes. Sin prisas, pero sin pausas.

No hay comentarios: